I.T.E.
MANU ATRISTAIN ARQUITECTO S.L.P.

 


     

INSPECCION TÉCNICA DE EDIFICIOS EN el país vasco

De acuerdo a la Ley de Suelo y Urbanismo, los propietarios de toda construcción catalogada o protegida, así como de toda edificación de uso residencial de antigüedad superior a cincuenta años, deberán encomendar a un técnico facultativo, cada diez años, la realización de una inspección dirigida a determinar el estado de conservación de la construcción o edificación.


El Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, con el objetivo de impulsar la realización de las citadas inspecciones, aplicará las condiciones anteriores a las solicitudes de ayudas para rehabilitación realizadas a partir del 1 de enero de 2010 que no cuentan aún con resolución administrativa.
Las Comunidades de Propietarios que no presenten junto con la solicitud de ayudas la ITE podrán optar por una de las tres opciones siguientes para que dicha solicitud pueda resolverse favorablemente:

-Presentar la ITE.
-Presentar el nombramiento de un técnico competente para la redacción de la ITE y los honorarios correspondientes.
-Autorizar mediante un modelo que se facilitará el acceso de un técnico al inmueble para la elaboración la ITE.

En este último caso el Departamento designará en representación de la Comunidad a un técnico encargado de la inspección.
Los honorarios serán abonados por la Comunidad de Propietarios al técnico pero serán subvencionados al 100% con un máximo de 1.000 euros.
En el caso de que no se realice dicho pago y/o no se presente la ITE no se procederá a la Certificación fin de obra del expediente (y por lo tanto no se harían efectivas las ayudas).